CONVIERTE EL AHORRO ENERGÉTICO DE TU EMPRESA EN UN INGRESO

Los Certificados de Ahorro Energético son el mecanismo estatal que pone valor económico a las mejoras de eficiencia que ya has hecho. Si has cambiado la iluminación, sustituido una caldera o mejorado un proceso, ese ahorro se puede cobrar.

Tramitamos expedientes CAE en toda España.

Nave industrial con línea de producción de vehículo eléctrico e iluminación LED

LA IDEA, EN UNA FRASE

Cuando tu empresa hace una mejora que reduce el consumo de energía, ese ahorro tiene un valor económico reconocido por el Estado. El sistema CAE permite transformarlo en un ingreso.

1 CAE · 1 certificado emitido

= 1 kWh ahorrado · energía final verificada

→ Ingreso único para tu empresa

Cada certificado representa un kilovatio-hora de ahorro real, medido y verificado.

¿POR QUÉ ALGUIEN PAGA POR TU AHORRO?

Porque la ley obliga a las grandes comercializadoras de electricidad, gas y carburantes a acreditar cada año un volumen de ahorro energético. Pueden cumplir pagando al Fondo Nacional de Eficiencia Energética, o comprando certificados a empresas que sí han ahorrado energía de verdad. Tu empresa puede ser una de ellas.

El tamaño del mercado en 2026

El objetivo nacional de ahorro para este año es de 9.325 GWh y las obligaciones se han fijado en torno a 1.871 millones de euros. Hasta un 92 % de esa obligación puede cubrirse comprando CAE, frente al 85 % del año anterior. Hay demanda, y va a más.

CÓMO FUNCIONA, PASO A PASO

Instalación de componentes en el techo de una nave

1. Tú mejoras — LED, bomba de calor, motores…

Técnico con documentación en instalación industrial

2. Nosotros montamos — cálculo y expediente

Inspección de equipos en fábrica

3. Se verifica — entidad acreditada ENAC

Entorno de trabajo en nave industrial

4. Tú cobras — importe en €/kWh pactado

El certificado se emite ante el gestor autonómico competente según dónde esté la instalación y se inscribe en el Registro Nacional de CAE.

¿CUMPLE TU EMPRESA LOS REQUISITOS?

Tres filtros deciden, en cinco minutos, si una actuación puede generar certificados.

El plazo importa, y mucho. Hay un límite de tres años desde la finalización de la actuación para solicitar los certificados. Si tu empresa hizo mejoras en 2023 o 2024 y no las ha tramitado, conviene revisarlas ahora: ese ahorro caduca.

DOS MATICES QUE AHORRAN SORPRESAS

No estás limitado a las fichas de tu sector. Una nave logística puede tramitar con una ficha industrial según la actuación; la clasificación del catálogo es estadística, no una restricción. La fotovoltaica de autoconsumo no genera CAE por sí misma: produce energía, no reduce el consumo final. La solar térmica, en cambio, sí puede encajar.

¿CUÁNTO PUEDE SUPONER? UN EJEMPLO

El valor depende de cuántos kWh se ahorren al año y del precio al que se coloquen los certificados. Un caso frecuente en polígono industrial:

Luminarias sustituidas (vapor de sodio/halogenuros → LED) · 150 uds.

Potencia antes / después por luminaria · 400 W → 150 W

Horas de funcionamiento al año · 4.000 h

Ahorro anual estimado · ≈ 150.000 kWh → ≈ 150.000 CAE

Sobre el precio, seremos claros. No existe un precio oficial del CAE: lo fija el mercado y varía con el tiempo. Por eso nunca te daremos un importe cerrado antes de estudiar tu caso: te entregamos una estimación fundamentada y, si decides avanzar, la contraprestación queda fijada por escrito en €/kWh antes de firmar nada.

TRES CONDICIONES QUE CONVIENE CONOCER DE ANTEMANO

Un solo intermediario. La normativa no admite cadenas de cesión con varios intermediarios. Si tu instalador o un tercero ya te ha hecho firmar una cesión del ahorro, dilo desde el primer día: condiciona todo el expediente.

Volumen mínimo por solicitud. El sistema exige un volumen mínimo para presentar una solicitud de emisión. Las actuaciones pequeñas se pueden agrupar; nosotros nos encargamos de esa agregación.

Vida útil. La actuación debe mantenerse operativa durante la vida útil reconocida en la ficha. Si hay un cambio relevante —cese, traslado o desmantelamiento— hay que comunicarlo en un plazo de 5 días.

QUÉ TE VAMOS A PEDIR

Nada que no tengas ya en tu archivo. Esta es la lista completa:

Identificación · CIF, representante legal y poder de firma, CUPS y dirección del suministro, quién financió la inversión. La actuación · Facturas, pedido o contrato con fecha de inicio, albaranes, presupuesto o memoria. Datos técnicos · Inventario de equipos antes y después, fichas técnicas, horas de funcionamiento, datos de monitorización si existen. Fotografías · Imágenes del antes y del después de la instalación. Son parte del expediente, no un extra. Declaraciones · Declaración de ayudas públicas recibidas y anexos propios de la ficha aplicable. Firma · Certificado electrónico de representación con NIF. No se admiten firmas tipo DocuSign ni documentos modificados después de firmar.

Si vas a acometer la mejora próximamente, habla con nosotros antes de empezar. Ordenar cuatro cosas al principio —cómo se fecha el pedido, qué se mide, qué fotos se hacen— es la diferencia entre un expediente que se aprueba y uno que se cae.

CÓMO TRABAJAMOS CONTIGO

1 Cribado · Cuatro preguntas por teléfono o correo. Te decimos si tiene sentido seguir. · 24–48 h desde tu contacto. 2 Estimación · Con la documentación básica calculamos el ahorro con la ficha vigente y te damos una valoración. · Pocos días. 3 Acuerdo · Contrato de cesión del ahorro con la contraprestación en €/kWh y las condiciones por escrito. · Cuando tú decidas. 4 Expediente · Montamos el dossier completo, lo revisamos internamente y lo presentamos a verificación. · Según documentación. 5 Verificación y emisión · Dictamen del verificador acreditado, emisión del certificado e inscripción en el registro. · Depende de la Administración. 6 Cobro · Liquidación del certificado y abono a tu empresa según lo pactado. · Tras la emisión.

PREGUNTAS FRECUENTES

¿Tengo que adelantar dinero?

No. Trabajamos ligados al resultado del expediente: nuestra retribución se articula sobre el certificado efectivamente emitido y cobrado.

¿Es compatible con subvenciones?

Depende de la ayuda concreta. Hay casos compatibles y casos que no, y hay que declarar siempre las ayudas recibidas. Lo revisamos antes de presentar, no después.

¿Y si la obra es de 2023?

Puede seguir siendo válida, pero el plazo de tres años corre. Es justamente lo que hay que mirar primero.

¿Me obliga a cambiar de comercializadora?

No. El CAE es independiente de con quién tengas contratado el suministro.

¿Qué pasa si me deniegan el expediente?

Se responde a las subsanaciones que pida el verificador. Por eso el control de calidad previo es la parte más importante de nuestro trabajo.

¿Quién cobra: el propietario o el inquilino?

El titular del ahorro, que normalmente es quien financió la inversión. Lo aclaramos en el cribado inicial para evitar conflictos después.

EL SIGUIENTE PASO

Envíanos una relación de las mejoras de eficiencia que haya hecho tu empresa desde 2023 —aunque no estés seguro de si cuentan— y te diremos cuáles pueden generar certificados y cuánto podrían valer. Sin coste y sin compromiso.

tramitacioncae@watios2.es · Tramitamos expedientes CAE en toda España

Marco de referencia: Real Decreto 36/2023, Orden TED/845/2023 y sus actualizaciones del catálogo, y Orden TED/133/2026. Información contrastada a septiembre de 2026. El sistema de CAE se actualiza con frecuencia; ante cualquier trámite real prevalece la normativa vigente y los criterios del Coordinador Nacional y del Gestor Autonómico. Los ejemplos de esta página son orientativos y no constituyen una oferta ni una garantía de ingreso.