OBLIGATORIEDAD DE SUSTITUIR CONTADORES DE AGUA, GAS Y ENERGÍA ELÉCTRICA

Contadores telemedida

OBLIGATORIEDAD DE SUSTITUIR CONTADORES DE AGUA, GAS Y ENERGÍA ELÉCTRICA

 

El próximo 7 de agosto de 2020 entrará en vigor una nueva orden que derogará hasta veinte leyes diferentes que regulan el control metrológico de diversos instrumentos de medida.
Entre estos instrumentos de medida se encuentran los contadores de agua, los contadores de gas y los contadores de energía eléctrica.
La orden, aprobada por el Ministerio de Industria, obliga a sustituir, en un plazo máximo de 5 años, aquellos contadores que hayan superado su periodo de vida útil o lo vayan a superar en los próximos cinco años.

  • La vida útil de los contadores de agua limpia y de los contadores de agua para otros usos será de 12 años, aunque podrá ser ampliado por periodos sucesivos de cinco años
  • La vida útil de los contadores de gas con caudal máximo igual o inferior a 25m3/h o caudal másico equivalente, así como los conversadores asociados a los mismos será de 20 años. Se establece un periodo de 8 años para la sustitución de aquellos contadores de gas que hayan superado su vida útil o vayan a superarla en los próximos 8 años.
  • La vida útil máxima de los contadores eléctricos será de 15 años desde su primera instalación en la red, incorporen o no las funciones adicionales de medida de reactiva y discriminación horaria y telegestión. Los contadores eléctricos instalados entre 2016 y 2017 dispondrán de un plazo adicional de 5 años.

Finalizada la vida útil del equipo de medida, cuando el titular sea el consumidor, podrá optar por delegar en la compañía distribuidora las actuaciones, operaciones y gestiones relativas a los requisitos sobre la vida útil del presente artículo, debiendo comprometerse y firmar por escrito a tal efecto, un documento presentado por la compañía distribuidora.

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