Muy importante para todas las Empresas.
Nos acercamos a la recta final de las medidas que se adoptaron urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.
El periodo de tres meses establecido, para que, aquellos empresarios que hayan solicitado la suspensión temporal del suministro energético o la modificación de la potencia contratada, SOLICITEN LA REACTIVACIÓN DE SU PUNTO DE SUMINISTRO O NUEVA MODIFICACIÓN DE POTENCIA Y/O TARIFA, FINALIZA EL PRÓXIMO 21 DE SEPTIEMBRE DE 2020, por lo que para todas las solicitudes gestionadas ante Distribuidora fuera de esa fecha, el empresario no podrá beneficiarse de la exención de costes que estipula el Real Decreto, lo que puede suponer que la Distribuidora realice liquidación en función de la solicitud presentada.